Osservatorio delle libertà ed istituzioni religiose

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Osservatorio delle Libertà ed Istituzioni Religiose

Documenti • 14 Aprile 2005

Resolución 10 gennaio 1986

Dirección General de Tributos. Risoluzione 10 gennaio 1986.

RESOLUCION DE 10 DE ENERO DE 1986, DE LA DIRECCION GENERAL DE TRIBUTOS POR LA QUE SE RESUELVE LA CONSULTA VINCULANTE SOBRE REPARACION DE ARTICULOS DE JOYERIA, ELABORACION DE ARTICULOS NUEVOS DE ORO, PLATINO, PIEDRAS O PERLAS Y ADQUISICION EN ORIGEN DE ESTUCHES Y PAPEL DE ENVOLVER POR COMERCIANTES MINORISTAS.

(B.O.E. NÚM. 45, DE 21 DE FEBRERO DE 1986)

Esta Dirección General considera ajustada a derecho la siguiente contestación a la consulta formulada por la Federación Mercantil de Guipúzcoa:

Primero. La reparación de artículos de joyería que no constituya renovación o transformación, está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido, al tipo impositivo del 12 por 100.

Segundo. La construcción o ensamblaje de objetos de oro, platino, piedras preciosas o semipreciosas, o perlas naturales o cultivadas tributará al tipo impositivo del 33 por 100 cuando las referidas operaciones tengan la calificación de entregas, incluso en el caso de que quienes realicen dichas operaciones no efectúen la aportación de dichos materiales.

Tercero. La entrega de estuches y papel de envoltorio de comerciantes minoristas sometidos al recargo de equivalencia deberá tributar por el referido recargo al tipo tributario del 3 por 100.